El contrato de seguro es mercantil y como tal su actividad se rige por el Derecho Mercantil estructurado en el Código de Comercio. La normativa y control de las empresas aseguradoras está regulada por el Libro III del Código Orgánico Monetario y Financiero que ha codificado la Ley General de Seguros². En razón de la materia puede estar regulado además por la legislación civil o especial.
Antes de iniciar la evolución histórica del Seguro Privado y ante el vertiginoso cambio de la legislación nacional de la última década, que exigiría indicar en estas líneas, el día y la hora en que el autor terminó de consignar la normativa vigente, habida cuenta de las reformas reglamentarias expedidas por la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros el 27 de febrero de 2018, cuando este libro ya estaba en quema de imprenta y fue necesario rescatarlo del horno ello por para consignarlas. Es comienzo que por precisar la evolución normativa de la Ley de la materia.
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