Desde el antiguo Derecho Romano, el Derecho de Familia pertenece al Derecho Privado; sin embargo, a partir de la vigencia de la Constitución de la República de 2008 y del Código Orgánico de la Función Judicial de 2009 bien podemos afirmar que en el Ecuador el Derecho de Familia se ha constitucionalizado. Estamos ante un Derecho Constitucional que constituye una rama autónoma, independiente del Derecho Civil, ya que su estructura, contenido y tratamiento por la Función Judicial así lo permite.
Hablamos entonces de principios del Derecho de Familia, principios del proceso de familia, y principios relativos a la carga de la prueba en esta misma materia.
De allí que se impone imperiosamente la necesidad de una formación universitaria especializada en relación a esta rama del Derecho. Y quizá para motivar el interés de los estudiosos del Derecho, de los operadores jurídicos y de estudiantes de Derecho es que se publica la presente obra como un esfuerzo investigativo que requiere de difusión para alcanzar eficacia, efectividad y una tarea transformadora que debe asumir el Estado y sus instituciones, especialmente el sistema de justicia.
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