INTERPRETACIÓN JURÍDICA EN EL ESTADO DE DERECHO CONSTITUCIONAL

28.00$

RODOLFO LUIS VIGO

ISBN: 9789978392752

Editorial: CEVALLOS

Fecha de la edición: 2015

Lugar de la edición: ARGENTINA

Encuadernación: RUSTICO

N.º Pág.: 328

Hemos dicho reiteradamente que, en general, predomina en nuestras facultades de Derecho una inercia de reproducción de una cultura al servicio de la matriz del Estado de Derecho Legal, ello no obstante todos los cambios que resultan visibles en la realidad, los que hablan de un nuevo modelo de Estado, de Derecho y de jurista, al que precisamente denominamos «Estado de Derecho Constitucional y Democrático». Para cubrir esa distancia entre teoría y realidad, se necesita que al menos desde otros espacios institucionales, como los poderes judiciales, se reaccione apropiadamente y se procure proporcionales a los juristas un aparato conceptual idóneo que les permita comprender y operar en aquel nuevo contexto. Claramente, hoy se requiere del jurista que sepa de qué hablamos cuando se habla de: principios, derechos humanos, ponderación, argumentación, verdad fáctica, sistema jurídico «débil”, crisis de la soberanía, discrecionalidad judicial, judicialización, equidad, dogmática jurídica, etcétera; sin embargo, es muy probable que los juristas más bien prefieran hablar de: normas, interpretación, dos verdades, casos fáciles, pirámide jurídica, fuentes del derecho según el Código Civil, seguridad jurídica, filosofía jurídica.

El mundo mucho ha cambiado en las últimas décadas, y especialmente el derecho ha sufrido enormes transformaciones. Basta pensar en las condenas judiciales por cumplir la “ley” y violar el “derecho» que consagró Núremberg, o en el delito de prevaricato previsto en el Código Penal español tipificado por dictar una sentencia injusta a sabiendas, o en el papel determinador final de los derechos nacionales que ha asumido la Corte Interamericana de Derechos Humanos como 9 exigencias que al que nos había sumido el Estado de Derecho Legal. No se trata de para despertar del sueño legalista, juridicial, nacionalista y dogmático del doctrinario que debe en todo momento promover lecturas valorativas de la realidad, en orden a discernir en el derecho lo mejor de lo a la realidad e ignorarla, porque ella finalmente será irresistible y se peor y lo posible de lo inviable. Tampoco se trata de dar la espalda impondrá, con el inconveniente de no poder controlarla y guiarla.

En la presente obra agrupamos distintos artículos que llaman la atención sobre algunos de esos nuevos problemas o cualquier jurista interesado en estar a la altura de los tiempos no puede ignorar. Centralmente como lo destaca el título, se trata de reconocer que el servicio del jurista ya no se presta a través de la “interpretación», o sea desentrañando el sentido de una norma y proyectándolo silogísticamente a una instancia individual desde el caso genérico previsto en aquélla, sino razonando de manera lógica y persuasiva mediante el empleo de premisas o enunciados que resultan justificados por medio de razones o argumentos jurídicamente válidos. Lo que el ciudadano reclama es que el derecho dicho por los juristas resulte racional y, por ende, susceptible de ser aceptado racionalmente, y en esa tarea «jurisdiccional” la ley tiene un papel inexcusable que cumplir pero no excluyente ni exclusivo. Claro que hay más derecho que el contenido en la ley, y si bien éste es “razón prima facie o presuntiva», no exime al jurista del juicio definitivo de validez jurídica ni del esfuerzo por encontrar la mejor respuesta jurídica disponible en el derecho vigente.

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