VIOLACION Y ABUSO SEXUAL EN EL CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL

35.00$

MANUEL VELEPUCHA

ISBN: 9789942429001

Editorial: LEX ET LITTERAE

Fecha de la edición: 2023

Lugar de la edición: ECUADOR

Encuadernación: RUSTICO

N.º Pág.: 352

Constituye motivo de satisfacción académica presentar la obra intitulada:

«Violación y abuso sexual en el Código Orgánico Integral Pena. Análisis casuístico sobre el error en los delitos sexuales y el testimonio anticipado de la víctima», que expresa los resultados del esfuerzo investigativo efectuado por el señor abogado MANUEL ALEXANDER VELEPUCHA RÍOS, autor de valiosos quilates en el orden literario y jurídico quien nos convoca al análisis y reflexión sobre este tema de profunda transcendencia no solo teórica, sino principalmente propia de la praxis judicial. El abuso sexual y la violación previstos en su orden en los §§ 170 y 171 del Código Orgánico Integral Penal, en su estructura y diseño típico, contienen supuestos de hecho diferenciados en atención a la condición etaria de la víctima, cuando esta es menor de catorce años. Así, en el abuso sexual, esta descripción hipotética, amerita una punición pendular de siete a diez años; en tanto que, en la violación, tal condición etaria es constitutiva de la conducta y está fijada en el numeral 3 del § 171 ibidem que autoriza pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. Desde la técnica legislativa, la creación de supuestos hipotéticos diferenciados por condición etaria de la víctima -menor de 14 años- permitió al asambleísta, al tenor del § 76.6. de la Constitución de la República del Ecuador aplicar en abstracto la debida proporcionalidad entre las infracciones y las sanciones penales. Este plus de pena se justifica a partir de la condición etaria de la víctima prevista en el § 35 de la Constitución por el que siendo grupo de atención prioritaria merece tutela penal diferenciada-, esto a fin de asegurar su indemnidad personal al estar en proceso de desarrollo evolutivo amerita vivir en un espacio libre de violencia en que incluye la sexual. Los resultados de la investigación del señor abogado MANUEL ALEXANDER VELEPUCHA RÍOS nos expresan una sugerente invitación al análisis de los temas propuestos ora en la academia, ora en el foro, que es donde el derecho torna vida en la praxis judicial. Dicho esto, la invitación queda hecha a fin de que ustedes amables lectores formen criterio y participen del moldeo de la ciencia jurídica penal a partir de esta novel e interesante propuesta académica.

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